La Suprema Corte de Justicia de la Nación inició la discusión de tres acciones de inconstitucionalidad presentadas por el PRD, Morena, y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de diversos artículos de la Ley del Derecho de Réplica.
El ministro presidente de la Corte, Luis María Aguilar, explica que en este caso, el derecho de réplica no puede aplicarse indiscriminadamente:
“De ahí que puede afirmarse que el derecho de réplica si bien se constituye en una herramienta para respetar la libertad de expresión, lo cierto es que si se permitiera su ejercicio en forma ilimitada e irrestricta, se correría el riesgo de que se desvirtuara su naturaleza y en lugar de que fungiera como una garantía de la libertad de expresión, se podría constituir en un obstáculo en el flujo informativo”.
De esta forma, por mayoría de 8 votos, los ministros avalaron la disposición del Legislativo, y determinaron que es constitucional y convencional limitar el derecho de réplica a los casos en que se trate de información inexacta o falsa.
Fuente: Notisistema